El conocido como modelo 600 es un formulario de la Agencia Tributaria que sirve para presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en las diversas modalidades del tributo.
El modelo 600 es el documento para efectuar la autoliquidación de tres tipos de operaciones:
Las transmisiones patrimoniales onerosas
Los actos jurídicos documentados sujetos al ITPAJD
Las operaciones societarias
Las transmisiones patrimoniales onerosas más habituales suelen ser la compraventa de bienes inmuebles, el alquiler de la vivienda, un préstamo a un familiar, la compraventa de un vehículo de segunda mano o una concesión administrativa.
Los actos jurídicos documentados son aquellos en los que se grava la formalización y que se registran en los documentos notariales, los documentos mercantiles y los documentos administrativos.
Las operaciones societarias que se autoliquidan en el modelo 600 tienen que ver fundamentalmente con los actos de financiación de una empresa, como pueden ser la ampliación de capital de una sociedad mercantil, la constitución o disolución de una sociedad o las aportaciones que efectúen los socios que no supongan un aumento de capital.
La gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados está cedida por parte del Estado a las Comunidades Autónomas y tanto los modelos existentes como las normativas pueden variar según los casos. Asimismo, hay que destacar que el modelo 600 ha de utilizarse siempre y cuando no exista un modelo específico para autoliquidar la operación que corresponda.
Cómo completar el modelo 600
Datos
Los primeros datos a rellenar son los de la delegación en la que se va a presentar el impreso, el concepto por el cual se tramita el documento, la fecha en la que se produjo el devengo de la operación y la fecha de presentación del impreso.
A continuación, el impreso requiere que se cumplimenten los datos del sujeto pasivo y del transmitente. El sujeto pasivo es el mismo declarante, que es el que da lugar a que se dé el pago del impuesto por haber realizado la compra. El sujeto pasivo puede ser una persona individual o una sociedad. El transmitente, por su parte, es el que realiza la venta. Ambos datos pueden redactarse o bien hacerse constar por medio de una etiqueta identificativa si se dispusiera de la misma.
En el apartado de los datos del documento deberá especificarse si se hace referencia a un documento notarial, mercantil, administrativo, judicial o privado. Y dependiendo de cuál se trate, habrá que identificar al notario o a la autoridad administrativa o judicial, así como el municipio en el que se formalizó el documento.
Si la operación realizada es una transmisión, se ha de especificar si el inmueble es de naturaleza urbana o rústica y su descripción, el valor declarado y la referencia catastral. Si se trata de un documento notarial, habrá que referenciar el notario, el número de protocolo y el año. En el caso de que se trate de derechos reales o de fianzas, habrá que indicar si la declaración de es de constitución de los mismos, de prórroga o de modificación.
Autoliquidación
Es la parte más relevante del impreso porque contendrá los datos de la operación realizada y el importe del impuesto que se va a satisfacer. Se debe indicar el valor del bien en cuestión y si existe exención o no al pago del impuesto.
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